LA CONCILIACIÓN:
Implica la colaboración de un tercero neutral a quien las partes ceden cierto control sobre el proceso pero sin delegar en él la solución pues La función del conciliador es asistir a las partes para que ellas mismas acuerden la solución, guiándolos para clarificar y delimitar los puntos conflictivos, tratando de llegar a un acuerdo que elimine la posible contienda judicial.
Los conciliadores no interpretan el derecho ni las normas, sino que les corresponde ponderar y equilibrar los intereses contrapuestos de las partes, lo que hace que sus resultados no tengan el carácter decisivo de una sentencia.
La conciliación es, una forma de solución de un conflicto a través de un acuerdo de las partes, asistidas por un tercero, el conciliador, respecto de derechos que no tienen carácter de indisponibles, para más información acerca de la conciliación consulta la pagina de presentaciones de nuestro blog.